| Intervención de la Delegación de la R.B. de Venezuela Ante la 57° Sesión del Comité Ejecutivo ACNUR |
|
Señor
Presidente:
Nuestra Delegación desea felicitar al Doctor Antonio Guterres y a su grupo de trabajo, por la excelente labor que vienen desarrollando en el ACNUR. Igualmente aprovechamos la oportunidad para saludar al Embajador Fujisaki y augurarle los mejores éxitos como Presidente de este Comité Ejecutivo. Igualmente, nuestra Delegación apoya la declaración formulada por el GRULAC, y está de acuerdo con la formulación de dos (2) presupuestos: uno para los desplazados internos y el otro para los refugiados. Señor Presidente: El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela aprecia altamente el trabajo que realiza dentro del territorio nacional la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, y del mismo modo aplaude la labor humanitaria que lleva a cabo en aquellos países que se encuentran ubicados en la región de América del Sur; los cuales han sido afectados por el conflicto interno armado presente en nuestra hermana República de Colombia. En éste orden de ideas el Estado venezolano, específicamente en materia de refugio garantiza a los solicitantes de tal condición, que sus derechos y garantías serán plenamente respetados y además les ofrece la certeza de que tendrán un procedimiento administrativo adecuado ajustado a derecho, el cual está en manos de funcionarios aptos y bien preparados en la materia, para decidir con respecto a lo solicitado. Ahora bien, teniendo presentes los siguientes factores como lo son: 1).- El incremento que actualmente se presenta en las solicitudes de refugio dentro del territorio venezolano de personas provenientes de cualquier parte del globo terráqueo y 2).- Las últimas Afluencias Masivas de ciudadanos colombianos que han llegado a las fronteras venezolanas durante los últimos cuatro años, victimas del conflicto interno armado colombiano, consideramos que los planes o proyectos llevados a cabo por el ACNUR en pro del bienestar del refugiado, resultan definitivamente de vital importancia no sólo para las personas necesitadas de protección internacional, sino también para aquellos nacionales que habitan en las denominadas Comunidades Receptoras, las cuales también resultan beneficiadas de estos planes o proyectos sociales llevados por el ACNUR. En otro orden de ideas, el Gobierno venezolano por iniciativa del Presidente Chávez, creó los "Programas Sociales", denominados "Misiones", establecidos para atender con eficiencia a la población venezolana. La implementación de tales programas incluye a los solicitantes de refugio y refugiados para evitar la exclusión social y facilitar su integración y participación en la vida comunitaria dentro del territorio nacional, sin distinción alguna. Entre estos Programas Sociales tenemos:
A tenor de todo lo anteriormente señalado, esta Delegación desea puntualizar lo siguiente: "La República Bolivariana de Venezuela reconoce y garantiza el derecho de Asilo y Refugio. (...)", tal y como lo establece el Artículo 69 de nuestra Constitución Nacional. Sin embargo, queremos dejar constancia que el Estado venezolano no acepta bajo ningún concepto que se pretenda utilizar el reconocimiento de la condición de refugiado o la figura del Refugio, como un salvoconducto para huir o evadir las responsabilidades civiles y penales que pudieran tener lugar por los actos criminales cometidos en contra de personas, actos estos que pudiesen ser considerados como delitos de lesa humanidad, los cuales se encuentran claramente contemplados en Convenios y Tratados Internacionales suscritos no sólo por el Estado venezolano, sino también por mucho otros países de la comunidad internacional Por lo antes expuesto, no están siendo ni serán aceptadas por el Gobierno venezolano las solicitudes de refugio provenientes de personas que han tenido una participación activa dentro del conflicto interno armado colombiano, como por ejemplo paramilitares de las Autodefensas Unidas de Colombia, que han sido incluidos dentro de los "Programas para la Atención de los Desmovilizados" de dicho país. En este sentido, señor Presidente, las autoridades venezolanas igualmente canalizan todas las solicitudes de refugio y proceden a reconocer a aquellas que se encuentren claramente encuadradas dentro de lo tipificado como refugiados, tomando como base lo contemplado en la Convención sobre Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, así como lo establecido en nuestra Ley Orgánica sobre la materia, que en su Artículo quinto contempla lo siguiente: "El Estado venezolano considerará como refugiado o refugiada a toda persona a quien la autoridad competente le reconozca tal condición, en virtud de haber ingresado al territorio nacional debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, sexo, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opinión política, y se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de nacionalidad, no pueda o no quiera regresar al país donde antes tuviera su residencia habitual". Esto se debe a que, para el Estado venezolano y muchos países, los conceptos de asilo, migrantes y refugio se trabajan separadamente. En tal sentido, el Estado venezolano no acepta bajo ninguna circunstancia otra definición del término de refugiado que no se encuentre dentro de lo legalmente establecido. Finalmente, Señor Presidente, esta Delegación desea destacar que el Gobierno Nacional adelanta políticas tendientes a propiciar la plena incorporación del refugiado en la vida nacional, como por ejemplo, el otorgamiento de un documento de identidad a la persona refugiada. De conformidad con nuestra legislación, una vez que la Comisión Nacional para los Refugiados reconoce tal condición a algún solicitante, se le tramita su respectivo documento de identidad, con el status de "Transeúnte", tal como lo prevé el Reglamento de la Ley Orgánica sobre Refugiados o Refugiadas y Asilados o Asiladas, evitando de esta manera que la persona sea objeto de algún tipo de discriminación por su condición de refugiado. El Estado venezolano está abierto a compartir esta experiencia con las Delegaciones que así lo deseen. Muchas Gracias, Señor Presidente
Dr. Ricardo Rincón
Gautier
Presidente de la Comisión Nacional para los Refugiados |