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X Consejo de Derechos Humanos: Informe del Relator Especial sobre el Derecho a la Alimentación PDF Imprimir E-Mail
Ginebra, 9 de Marzo de 2009

Tema 3: promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluído el derecho al desarrollo
Informe del Relator Especial sobre el Derecho a la Alimentación,
Señor Olivier De Schutter

Intervención de la Delegación de la República Bolivariana de Venezuela


Muchas Gracias, Señor Presidente,

Agradecemos altamente la presentación realizada por los procedimientos especiales en la tarde de hoy.  Esta Delegación se referirá al informe presentado por el Relator Especial sobre el Derecho a la Alimentación, señor Olivier De Schutter, a quien alentamos a continuar con su trabajo.

Señor Presidente,

Para la República Bolivariana de Venezuela, el Derecho a la Alimentación es un derecho humano fundamental, vinculado estrechamente al derecho a la vida, el cual está consagrado en nuestra Constitución Nacional, que establece que el Estado debe garantizar la alimentación a la población venezolana con las características de accesibilidad, disponibilidad y precios justos, fundamentado en el impulso de la producción nacional, integrando así los conceptos de seguridad y soberanía alimentaria.

Por ello, consideramos que es una responsabilidad de los Estados garantizar el derecho a la alimentación, particularmente de los sectores más vulnerables de la población. En este sentido, compartimos la visión del Relator Especial en cuanto a que el derecho a la alimentación es posible sí se cumplen tanto las obligaciones nacionales como las obligaciones internacionales de los Estados, todo esto enmarcado en una perspectiva de derechos humanos.

Con respecto al ámbito nacional, el Gobierno venezolano viene promoviendo una nueva orientación a la agricultura y a la industria de alimentos, a través del establecimiento de un marco jurídico que garantiza la seguridad alimentaria y una nueva institucionalidad pública. Teniendo como base la Constitución se ha fomentado la capacidad agrícola nacional, con políticas orientadas a apoyar a los pequeños productores y una firme reforma agraria con el respaldo del Estado.

En lo que se refiere al entorno internacional, nuestro país, en el marco de la Alternativa Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América, ALBA, ha suscrito convenios para elevar la producción de alimentos de manera sustentable, con miras al autoabastecimiento nacional de cada una de las partes del acuerdo, fortaleciendo los sectores productivos organizados y no organizados, así como las comunidades campesinas, indígenas originarias y afrodescendientes. Igualmente, estos instrumentos crean mecanismos de distribución e intercambio para la colocación de los excedentes de la producción de cada uno de los integrantes del acuerdo.

Señor Presidente,

Con relación al informe que tenemos ante nosotros, coincidimos con el Relator en la necesidad de concienciar a la comunidad internacional en tres elementos esenciales:

  • La visión de Derechos Humanos en materia de asistencia alimentaria supone una obligación de los Estados donantes y receptores de dicha ayuda para la población que debe recibir la misma, siendo ésta en donde reside el derecho a la alimentación;
  • La ayuda debe enmarcarse en una visión que priorice las necesidades de la población receptora de ayuda;
  •  La existencia de una obligación de prestar la ayuda necesaria cuando ésta sea requerida, y que cualquier medida regresiva injustificada constituye una violación del derecho internacional por los Estados; más aún si dichas medidas se basan en razones políticas, estratégicas, comerciales o intereses históricos, dejando de lado las necesidades reales de la población.

Muchas Gracias
 
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