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Ginebra, 10 de Marzo de 2008
7ª
SESIÓN ORDINARIA DELCONSEJO
DE DERECHOS HUMANOS
Tema 3:
Promoción y
protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos,
sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Informe del Grupo de
Trabajo sobre la utilización de mercenarios
como medio de violar los derechos humanos y
obstaculizar el ejercicio del derecho
de los pueblos a la libre determinación*
Gracias Señor Presidente,
Agradecemos la presentación realizada
por el señor José Luis Gómez del Prado, Presidente del Grupo de Trabajo sobre
la utilización de mercenarios como medio de violar los derechos humanos y
obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación.
La República Bolivariana
de Venezuela apoya decididamente las labores del Grupo de Trabajo, como también
las iniciativas destinadas a fortalecer el marco jurídico internacional en el
tema del mercenarismo, y en ese sentido, y tal como se refleja en el informe
del Grupo de Trabajo, el Gobierno Nacional está estudiando la posibilidad de
formar parte de la Convención. En
este sentido, y a nivel nacional, se adelantan gestiones internas tendientes a
reforzar la legislación nacional que se ocupa de los mercenarios, así como
acciones para controlar las actividades de mercenarios y persiguiendo a sus
autores; en el ámbito internacional, Venezuela mantiene una participación activa
en debates sobre acuerdos regionales para luchar contra el mercenarismo.
Esta delegación considera que el
Grupo de Trabajo debe promover la protección de los derechos humanos frente a
las amenazas que suponen las actividades mercenarias, elabore y presente
propuestas de directrices generales o principios básicos destinados a orientar
la labor de organizaciones nacionales e internacionales que tienen a su cargo
la difusión de información relativa a esta materia, en especial respecto a los
medios de comunicación, con el objeto de garantizar que estos difundan de
manera adecuada y responsable a la comunidad internacional la información
relativa al alcance y las consecuencias de tales actividades.
De igual manera, el Grupo de
Trabajo debe vigilar las repercusiones de las actividades de las empresas
privadas que prestan servicios de asistencia, asesoría y seguridad militares,
sobre el disfrute de los derechos humanos, por lo que es importante y necesario
reglamentar y someter a seguimiento internacional las actividades de éstas. En
este sentido, el Estado venezolano respaldaría la propuesta de elaborar un
proyecto de principios básicos internacionales que promuevan el respeto de los
derechos humanos por parte de dichas empresas.
Señor Presidente:
Vemos con enorme preocupación que
el Gobierno de los Estados Unidos no haya respondido a las reiteradas solicitudes
del Grupo de Trabajo, acerca de la situación del connotado terrorista Luis
Posada Carriles, tal como se señala en el informe A/HRC/7/7/Add1., y quien fuera
puesto en libertad por las autoridades de ese país en mayo de 2007. Esta
actitud no nos extraña, ya que el Gobierno estadounidense tampoco ha dado
respuesta al Gobierno venezolano, violando
las normas más elementales del derecho internacional al no atender la solicitud
de extradición formulada por Venezuela en junio de 2005, incumpliendo
unilateralmente lo dispuesto en el Tratado Bilateral de Extradición, firmado
entre ambos países en 1922.
Desde esta tribuna, exigimos al
Gobierno de los Estados Unidos que cumpla con sus obligaciones legales,
certifique como terrorista a Posada Carriles y de inicio inmediatamente al
proceso de extradición por los cargos de homicidio, en relación con la voladura
de un avión de pasajeros, donde murieron 73 personas, en su mayoría jóvenes
deportistas. Sabemos que en esta tarea, podemos contar con la colaboración y
con la asistencia del Grupo de Trabajo sobre la utilización de mercenarios como
medio de violar los derechos humanos y obstaculizar el ejercicio del derecho de
los pueblos a la libre determinación.
Muchas Gracias.
* Pronunciada por el Embajador Alterno, Gabriel Salazar.
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