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Ginebra, 13 de Septiembre de 2007
Tema 3:
”Promoción y Protección de los Derechos Humanos"
Informe del Experto Independiente sobre los Derechos Humanos
y la Solidaridad Internacional,
Sr. Rudi Muhammad Rizki
*
Señor
Presidente:
Agradecemos al señor Rizki por su informe y
reiteramos nuestro apoyo a su mandato.
La Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela establece que la solidaridad constituye, entre otros, uno de los
valores superiores del ordenamiento jurídico del Estado.
En este
sentido, nuestra Constitución exige que las relaciones internacionales de
nuestro país se fundamenten en el derecho internacional y en el principio de
cooperación y solidaridad entre los pueblos en aras a de lograr el
bienestar de la humanidad. Por razones de tiempo no haremos una lista detallada
de nuestras iniciativas a nivel regional y con otras regiones del Sur. En las
distintas esferas de la relaciones entre los pueblos estamos avanzando en un
nuevo tipo de relacionamiento alternativo al fetichismo mercantilista de la
globalización neoliberal, a saber: en la esfera comercial y financiera, en asuntos
para la integración de los pueblos, en asuntos relativos a la solución de
conflictos y lucha por la paz, en asuntos de asistencia humanitaria en casos de
desastres (ejemplos recientes la tragedia del terremoto en el Perú y el huracán
que afectó a Nicaragua), entre otros.
Sí cabe
destacar, experiencias como la desarrollada de la mano de la cooperación con la República de Cuba. Venezuela
ha emprendido un esquema de cooperación solidaria para llevar más allá de sus
fronteras las misiones sociales que, ya consolidadas en nuestro país, se
dirigen a satisfacer las necesidades de las poblaciones más necesitadas de
nuestro continente. A manera de ejemplo, merece ser mencionada la Misión Milagro, mediante
la cual se han atendido en nuestro país por patologías oftalmológicas a más de
cinco mil pacientes de nuestro continente y casi medio millón de pacientes en
el marco de cooperación Cuba-Venezuela.
La República Bolivariana
de Venezuela quisiera elevar a la consideración del Experto Independiente la
necesidad de que, en ejercicio de su mandato tome en cuenta la resolución 2625
de la Naciones Unidas
"Declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a las
relaciones de amistad y cooperación entre Estados de conformidad con la Carta de las Naciones
Unidas", así como valiosos instrumentos internacionales de la UNESCO, en especial la
"Declaración sobre las Responsabilidades de las generaciones actuales para con
las generaciones futuras" y la "Declaración de Principios sobre la Tolerancia".
Sin embargo,
nuestro país reconoce el avance conceptual del informe que el Experto
independiente nos presenta en cuanto a los denominados "derechos de tercera
generación" al señalar que no se pretende crear una "jerarquía de derechos". No
obstante, tenemos una serie de observaciones que le haremos llegar en su
momento oportuno al Experto Independiente para su estudio en sucesivos
informes.
Muchas
Gracias, señor Presidente.
* Intervención del Embajador Gabriel Salazar-Pineda, Representante
Permanente Alterno
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